La presente Ley, mediante la disposición complementaria 96, faculta a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN) para la formulación de intervenciones y para reformular Proyectos de Inversión Pública que no se encuentren en etapa de ejecución, cuyo objeto sea la provisión de infraestructura pública y la prestación de servicios públicos prioritarios, con la finalidad de desarrollar Asociaciones Público-Privadas.
CUARTA. Modifíquese el artículo 9 de la Ley Nº 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 9.- Secretaría Técnica Desígnese al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI como Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial, independientemente de sus funciones específicas de acuerdo a su ley de creación.
Fuente: https://www.fao.org/faolex/results/details/fr/c/LEX-FAOC127308/